Los jueces del Tribunal Oral Federal Nº 1 de San Martín, Lucila Larrandart, Héctor Sagretti y María Lucía Cassain, dieron a conocer ayer las razones por las cuales el último 14 de abril resolvieron aplicar la pena máxima a Luis Patti, al dictador Reynaldo Bignone y a los ex militares Santiago Omar Riveros y Martín Rodríguez. Para los magistrados el ex subcomisario que fue intendente de Escobar, tuvo “una actuación independiente” durante la dictadura militar en la que llevó adelante torturas y privaciones ilegítimas de la libertad, y por ese motivo decidieron condenarlo a prisión perpetua.
El quinto acusado en el juicio oral, el ex comisario Juan Fernando Meneghini –inmediato superior de Patti durante la última dictadura en la comisaría de Escobar– recibió sólo seis años de prisión y fue el único de los imputados que estuvo presente para escuchar la sentencia. El tribunal estableció que ya “desde 1975 la policía se encontraba bajo control operacional del Ejército en la lucha contra la subversión”, y resaltó que “la represión ilegal estuvo caracterizada –entre otros aspectos– por la discrecionalidad y libertad otorgada a los jefes de zona para organizar la represión en la zona bajo su mando, como así también la libertad dada al personal inferior en sus distintas jerarquías y grados, más allá de la tarea específica que cada uno cumplió”. En su voto fundante, Larrandart aseguró que “está acreditado que desde antes del golpe de Estado, Patti conformó grupos operativos dependientes de la Unidad Regional de Tigre, que además desempeñó las tareas de inteligencia en el área de la Comisaría de Escobar, y que antes del golpe conocía y vigilaba a quienes militaban en la zona”.
El quinto acusado en el juicio oral, el ex comisario Juan Fernando Meneghini –inmediato superior de Patti durante la última dictadura en la comisaría de Escobar– recibió sólo seis años de prisión y fue el único de los imputados que estuvo presente para escuchar la sentencia. El tribunal estableció que ya “desde 1975 la policía se encontraba bajo control operacional del Ejército en la lucha contra la subversión”, y resaltó que “la represión ilegal estuvo caracterizada –entre otros aspectos– por la discrecionalidad y libertad otorgada a los jefes de zona para organizar la represión en la zona bajo su mando, como así también la libertad dada al personal inferior en sus distintas jerarquías y grados, más allá de la tarea específica que cada uno cumplió”. En su voto fundante, Larrandart aseguró que “está acreditado que desde antes del golpe de Estado, Patti conformó grupos operativos dependientes de la Unidad Regional de Tigre, que además desempeñó las tareas de inteligencia en el área de la Comisaría de Escobar, y que antes del golpe conocía y vigilaba a quienes militaban en la zona”.
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