Powered By Blogger

jueves, 27 de enero de 2011

Nuevo revés para Clarín: la presidenta respaldó a Mariotto y a la Ley de Medios

Cristina calificó el pedido del grupo monopólico de “malicioso” y afirmó que las pruebas eran insuficientes. Habían acusado a los funcionarios de formar parte de un “plan contra la prensa libre”.

La presidenta Cristina Fernández rechazó ayer un pedido de recusación presentado por Cablevisión contra todos los integrantes del Directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), incluido el presidente del organismo, Gabriel Mariotto. La empresa del Grupo Clarín había argumentado que los funcionarios manifestaron “enemistad, odio o resentimiento” contra la prestadora de televisión paga. El decreto 72/2011 afirma que “la vaguedad hace maliciosa” a la acusación.

Todo comenzó luego de un sumario iniciado por la AFSCA por el incumplimiento del reordenamiento de la grilla de canales de la televisión por cable ordenado el año pasado. Luego de idas y vueltas judiciales, la resolución 296/2010 quedó firme pero Cablevisión se negó a cumplirla. Entonces, los funcionarios del organismo sancionaron a la empresa. En su descargo, la compañía de Clarín intentó desacreditar a Mariotto, Jorge Capitanich y otros integrantes del Directorio con el argumento de que son “amigos” del Poder Ejecutivo. Además, afirmaron que forman parte de un “plan deliberado para afectar a la prensa libre” y utilizaron como pruebas las resoluciones dictadas por la AFSCA contra el grupo monopólico por el incumplimiento de la Ley de Medios de la Democracia.

El decreto firmado por la presidenta consideró como “generalidades” los argumentos presentados por los abogados del Grupo Clarín y aclara que en los escritos no se aportaron pruebas para demostrar que Mariotto y los demás integrantes del Directorio de la AFSCA actuaron con parcialidad. Además, el texto publicado en el Boletín Oficial explica que la recusación debe ser individual y sobre la base de hechos que puedan ser demostrados en cada caso. En la denuncia inicial, Cablevisión no había nombrado a todos los integrantes del Directorio de la AFSCA

El artículo 17 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación establece una serie de causas que autorizan la recusación. En el caso de que un juez o un funcionario mantengan vínculos de sangre, relaciones comerciales, de amistad; algún pleito legal pendiente o que se demuestre “enemistad, odio o resentimiento”, una de las partes podrá pedir la exclusión. Sin embargo, los abogados de Cablevisión intentaron recusar al organismo en su conjunto.

Cablevisión es el único prestador de televisión paga que aún no reordenó sus señales de manera temática y correlativa. La resolución adoptada el 8 de septiembre de 2009 por el Directorio de la AFSCA establece una serie de criterios para la confección de la grilla y así evitar las “avivadas” de los cableoperadores para beneficiar o perjudicar a un canal según su ubicación en el servicio. Entre otras, deben incluir señales como Telesur y CN23.

No hay comentarios:

Publicar un comentario