Powered By Blogger

lunes, 29 de abril de 2013

27 de abril de 1956: Aramburu anula la Constitución de 1949

El presidente Pedro Eugenio Aramburu, quien había asumido el gobierno tras el golpe de estado autodenominado “Revolución Libertadora”, que derrocó a Perón en 1955, anula la constitución de 1949 y reestablece la sancionada en 1853. 
De esta forma se dejan sin efecto, entre otros, los derechos del trabajador promulgados por Juan Perón. 
Dicha constitución fue elogiada por buena parte de los estudiosos del derecho constitucional, ya que con un criterio moderno, consagraba desde su preámbulo “la irrevocable decisión de constituir una Nación socialmente justa, económicamente libre y políticamente soberana”. 

¿Cómo fue posible que un gobierno de facto derogara una constitución aprobada por la soberana voluntad de la mayoría del pueblo argentino? 
La Constitución Nacional de 1949 había realizado importantes reformas en materia política, económica, social y cultural que el gobierno militar impuesto por el golpe de Estado de 1955 no estaba dispuesto a respetar. 
Un día antes de abrogar esa Constitución, el general Aramburu había aprobado por decreto-ley 7.756 las recomendaciones contenidas en los documentos “Moneda sana o inflación incontenible” y “Plan de restablecimiento económico”, que propiciaban la vuelta al liberalismo económico y el abandono de los principios de la Constitución de 1949. La Nación quedaba rendida ante los intereses financieros orquestados por el Fondo Monetario Internacional, cuya carta de creación el gobierno militar no tardó en ratificar por decreto-ley 15.070/56. No le debíamos un solo dólar, pero el FMI nos quebraba el brazo propugnando un retroceso centenario para el derecho constitucional argentino que nos entregó a manos de la usura internacional. 
La Constitución argentina reformada en 1994 califica en su artículo 36 el magnicidio constitucional como traición a la Patria (delito imprescriptible) y fulmina con nulidad insanable los actos que en consecuencia se realicen. 
Lastima grande que los constituyentes no hayan hecho un análisis retrospectivo del tema para sancionar la nulidad del bando militar del 27 de abril de 1956, o si lo hicieron no tuvieron la energía para poner las cosas en su lugar. 
Esta tarea es que reclamamos a nuestros gobernantes y gobernados poner en la mesa, y discutir el contenido jurídico del cambio que produjo la revolución de Perón en nuestro país. 
Si lográramos reflexionar, sobre la pieza jurídica de la Constitución del 49 derogada, que armonizaba capital trabajo, más que nunca hoy, que ambos capitalismos el de estado y el individualista han dejado al hombre sin repuestas económicas, sociales y políticas, tendríamos soluciones para nuestra sociedad, ya que la misma plantea la tercera posición, con una visión humanista y no economicista de la política.

No hay comentarios:

Publicar un comentario